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Provincia de
Santa Fe
Poder Ejecutivo
DECRETO Nº: 0553
Santa Fe, 16 Abr. 1997
VISTO:
El expediente del Registro del Sistema
de Información de Expedientes Nº 00201-0028349-9
y sus agregados Nº 00201-0030771-1 y Nº 00201-0034061-3
(MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), por los
cuales se tramita la solicitud formulaba por el COLEGIO DE
PROFESIONALES DE LA AGRIMENSURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
– LEY 10.781, para que se proceda a aprobar el estatuto
de la Institución; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 168/174 obra la copia
certificada del Acta de la Reunión del Directorio General
del Colegio, del día 21 de octubre de 1996, celebrada
en la ciudad de Rosario, donde conforme a la facultades otorgadas
por la Asamblea Extraordinaria número dos (foja 143)
se realizaron las modificaciones al anteproyecto presentado
con anterioridad, ante las observaciones formuladas por la
Inspección General de Personas Jurídicas.
Que conforme lo expuesto
y en razón de lo expresado en la providencia de fecha
27 de noviembre de 1996, de la Inspección General de
Personas Jurídicas (f.176), no existen observaciones
legales que formular a la gestión, por lo que puede
accederse a lo solicitado.
Por ello,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVICNIA
DECRETA:
Artículo
1º.- Apruébase el Estatuto, Código
de Etica y Reglamento Electoral, del COLEGIO DE PROFESIONALES
DE LA AGRIMENSURA DE SANTA FE – LEY 10.781-, cuyo texto
ordenado con 32 (treinta y dos) fojas útiles, forma
parte como Anexo, del presente Decreto.
Artículo
2º.- Regístrese, comuníquese y
archívese.
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Ing. Jorge Alberto Obeid
Dr. Alberto Arnaldo Rosua |
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