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LA ENSEÑANZA
DEL DERECHO TERRITORIAL EN LAS CARRERAS DE AGRIMENSURA |
AUTOR:
Prof. Agrim. José D. BELAGA (*)
geoinfcons@infovia.com.ar
(*) Departamento de Ordenamiento Territorial - Escuela de
Agrimensura - Facultad de Cs. Es., Ingeniería y Agrimensura
- Universidad Nacional de Rosario - Av. Pellegrini 250 (2000)
Rosario - Argentina
ABSTRACT
One of the most traditional and specific fields
in Surveying, is the precise identification of the land objects
of the Real Rights, through the technician-legal operation
denominated "Measure". Through this transcendent
act the juridical and factical boundaries of the properties
are determined by the interpretation and territorial application
of the real rights and related them with the territorial extension
of the effective possession or occupation. The measure planes
are the geometrical basis of the cadastral system structure.
In this paper we analyse
the essential contents that should be included in the curriculums
of Surveying studies, in the areas of Real Rights, Legal surveying,
Cadastre and Land Management.
RESUMEN
La Agrimensura constituye una profesión
de carácter universal que data de aproximadamente 40
siglos y se dicta en nuestro país a nivel universitario
desde el año 1877. Dentro de sus múltiples actividades,
uno de los campos más tradicionales y específicos,
ha sido y es la identificación precisa de las cosas
inmuebles objeto de los Derechos Reales, a través de
la operación técnico-jurídica denominada
“Mensura”. A través de este acto se determinan
los límites jurídicos de los inmuebles (ya sea
pertenecientes a la órbita del dominio de los particulares
como del dominio público) que surgen de la interpretación
y aplicación territorial de los derechos reales y se
los relaciona con la extensión territorial de la posesión
u ocupación efectiva que se ejerce sobre el inmueble.
Es por ello que la “mensura”
es un acto que permite otorgar seguridad en el tráfico
inmobiliario, ya que el adquirente de un inmueble conoce precisamente
en qué estado de ocupación se encuentra el inmueble
de su interés, si existen invasiones de ó a
linderos, si existen superposiciones de títulos u otros
vicios que pueden afectar el regular ejercicio de su derecho
de propiedad. En otro orden, la mensura también actúa
como elemento de publicidad de las limitaciones y restricciones,
tanto civiles como administrativas, que puedan afectar a un
inmueble -servidumbres, retiros de líneas de edificación,
centro de manzana, entre otros-.
El ejercicio de la agrimensura
está íntimamente vinculado al interés
general de la sociedad. Sumamente importantes son los intereses
y bienes confiados a la pericia jurídico-técnica
de los agrimensores. No sólo de carácter privado
o singular, reducidos al interés patrimonial de una
persona, sino que lo son también de carácter
general y colectivo, vinculados directamente al interés
público, por cuanto en todo acto de mensura, se procede
inicialmente a deslindar el dominio público con el
cual limitan los inmuebles particulares (calles, caminos ,
rutas, avenidas, etc.).
Lamentablemente, cuando
hacia 1870 entra en vigencia el Código Civil, los Catastros
(surgidos durante el período conocido como de “Derecho
Patrio”) quedan desvinculados del tráfico y la
publicidad inmobiliaria, por imperio del vacío generado
en materia de seguridad de los derechos reales por el Código
Civil, debiendo limitarse principalmente a una función
tributaria, lo cual quedó reflejado en la concepción
imprimida a las legislaciones catastrales en la primera mitad
del siglo XX. Asimismo, la decadencia de la agrimensura se
extendió también al ámbito universitario,
donde en numerosas Universidades la carrera quedó subsumida
dentro de los planes de estudio de Ingeniería Civil.
Las asignaturas relacionadas al Derecho Inmobiliario, como
Agrimensura Legal y Catastro, quedaron sumamente reducidas
y en algunos casos excluidas de los planes de estudio, lo
cual originó una concepción meramente topográfica
de la mensura, donde el objetivo esencial era el relevamiento
de los hechos físicos que materializan las ocupaciones
o posesiones existentes, con prescindencia del estudio de
los títulos y de la aplicación territorial de
los derechos reales.
Recién con la
creación de la Federación Argentina de Agrimensores
en el año 1958 comienza un lento y paulatino resurgimiento
de la profesión y ya en la década de 1960 se
observa un mejoramiento de los planes de estudio en las universidades
volviendo a constituir la agrimensura una carrera terminal
e independiente de la ingeniería en general.
El Documento Final de
la Reunión Nacional de Especialistas en Agrimensura
de Universidades Nacionales y Privadas celebrada en el Ministerio
de Educación y Justicia de la Nación en 1987
definió la “mensura” como: “La operación
de agrimensura compuesta por un conjunto de actos tendientes
a investigar, identificar, medir, ubicar, representar y documentar
las cosas inmuebles y sus límites conforme con las
causas jurídicas que los originan, y a relacionarlos
con los signos de la posesión.”
Los principios fundamentales
de la mensura son: de identidad, de delimitación, de
ubicación, de publicidad, de legitimidad y de autenticidad.
Estos principios pueden definirse, sintéticamente del
siguiente modo:
Identidad: exige que
la mensura identifique inequívocamente las causas jurídicas
que se aplican al territorio, diferenciando dominio de posesión
o mera ocupación.
Delimitación:
exige que el límite entre dos parcelas contiguas sea
incidente en forma simultánea a ambas parcelas conforme
a elementales principios topológicos expresados en
la teoría de grafos.
Ubicación: establece que la ubicación de la
parcela debe ser única. El plano de mensura debe contener
todos los elementos necesarios para ubicar indubitablemente
la o las parcelas que representa.
Publicidad: establece
la presunción que la documentación que identifica,
delimita y representa cada inmueble, una vez inscripta en
sede catastral es conocida por terceros a través de
la publicidad de los estados parcelarios que brindan los registros
catastrales.
Legitimidad: establece
la presunción de que la aplicación territorial
del derecho realizada a través de la mensura inscripta
en el organismo catastral es correcta. Quien ponga en duda
la correcta aplicación territorial del derecho debe
demostrar lo contrario.
Autenticidad: exige
que el plano de mensura esté certificado por profesional
habilitado para el ejercicio de la agrimensura. Debe distinguirse
aquí claramente quienes pueden o saben medir (entre
los que se incluyen profesionales de otras disciplinas) de
quienes pueden y saber ejecutar mensuras. Sólo los
agrimensores tienen la suficiente formación académica
en Agrimensura Legal, Derechos Reales, Catastro, Derecho Registral,
topografía, Geodesia y Cartografía, para llevar
a cabo la delicada tarea que con notable claridad definiera
hace ya más de cien años el maestro Juan S.
Fernández.
En las últimas
décadas, es dable destacar que en general, todas las
universidades nacionales y privadas en las que se estudia
la carrera de Agrimensura, los planes de estudios han incluido
un conjunto de variados conocimientos que permiten el ejercicio
de las actividades relacionadas a la mensura y deslinde de
los inmuebles y la organización catastral.
Sin embargo, el área
del Derecho Territorial (incluyendo a la Agrimensura Legal,
Catastro, y Ordenamiento Territorial) equivale en promedio
(tomando en cuenta los planes de estudios vigentes en las
Universidades Nacionales y Privadas) de acuerdo a un estudio
realizado por la CONEA a un total de 386 hs., siendo los extremos
240 horas y 519 horas en dos diferentes Universidades. La
propuesta de Homogeneización curricular para las carreras
de Agrimensura realizada lleva el número de horas en
estas áreas a 490 hs., es decir un porcentaje de aproximadamente
13,1 % sobre el total propuesto de 3750 horas para el total
de la carrera. Consideramos que se trata de un porcentaje
muy pobre y que refleja un gran desbalanceo en el peso específico
de cada una de las áreas de la carrera, especialmente
teniendo en cuenta que la principal función social
de la Agrimensura es precisamente el Ordenamiento Territorial
del país y que estas áreas son las más
distintivas y las que más codician, en cuanto a incumbencias,
otras profesiones. Creemos que debe incrementarse en al menos
un 20% más la carga horaria global de estas áreas,
incluyendo básica y mínimamente los siguientes
temas vinculados a la Agrimensura Legal, Catastro, Ordenamiento
Urbano y Territorial y Mensuras, sin que la presente enunciación
tenga carácter taxativo ni se refiera a designaciones
específicas de asignaturas:
| *
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La Tierra
y el Territorio. Espacio Territorial. Contornos y Límites.
Teoría General de Límites Territoriales.
Clasificación de límites territoriales
|
| *
|
Evolución
de la Propiedad Territorial. Derecho Español.
Leyes de Indias. La Constitución Nacional. El
Código Civil. El concepto de propiedad. Origen
y evolución de la propiedad. Función social
de la propiedad inmueble. |
| *
|
Personas
y Patrimonio. Bienes y cosas. La cosa inmueble. El Dominio
Público. Derechos y Obligaciones. El orden jurídico.
Hechos y Actos jurídicos. Derechos personales,
patrimoniales y reales. Obligaciones. Teoría
de los Contratos. El Contrato de Compraventa. Características
principales de la C-V. Las escrituras públicas.
La profesión notarial. Aspectos principales de
la actividad |
| *
|
La Posesión.
Diferencias entre Propiedad, Posesión y Tenencia.
Tradición. Actos y Acciones posesorias. |
| *
|
Los
modos de adquirir la Propiedad en el Sistema Inmobiliario
Argentino. Tradición, Prescripción, Accesión
y Sucesión. |
| *
|
El Principio
del Título y Modo. Los Derechos Reales. Publicidad
Inmobiliaria. Teoría del Título de Propiedad.
Análisis y clasificación de Títulos.
El Título Perfecto. |
| *
|
La Mensura,
concepto, clasificación y evolución histórica.
La Determinación del Estado Parcelario. Actos
de Levantamiento Territoriales y Parcelarios. Principio
de homogeneidad de las causas jurídicas. Teoría
del Estado de Hecho. Diferencias sustanciales entre
el concepto de mensura y los levantamientos topogeodésicos |
| *
|
Concepto
de Tolerancia de mensura y Georreferenciación. |
| *
|
Concepto
de cabida, excedentes superficiales. Invasión
de y a linderos. Sobrantes y Faltantes. Balance de superficies.
|
| *
|
Documentos
de los actos de mensura. El Plano de mensura. Concepto
de División y unificación de Inmuebles.
División de condominio. Medianería. |
| *
|
Limitaciones
Administrativas al Dominio. Restricciones, Servidumbres
y Expropiación . |
| *
|
Derecho
Procesal civil. Códigos de Procedimientos. Prueba
Pericial. La Mensura Judicial. Arbitrajes. |
| *
|
Ejecución
de diferentes clases de mensuras: a) Urbanas: división
parcelaria vertical, horizontal y prescripción
adquisitiva, b) Rurales: mensura parcial y de afectación
a servidumbres y expropiación. Redacción
de Actas y Memorias de Mensura. Citación de colindantes. |
| *
|
Mensuras
bajo Regímenes Especiales: minería, riego,
ductos. |
| *
|
Derecho
de Aguas. Los cursos de agua. El Mar Territorial. Islas.
Línea de Ribera |
| *
|
La Publicidad
Inmobiliaria. Publicidad de los Derechos Reales y Publicidad
Territorial. Vinculación y coordinación
registral externa entre Registro de la Propiedad y Catastro
Territorial. |
| *
|
Definición,
Clasificación, Objetivos y Fines de los Catastros.
Constitución y transmisión de los derechos
reales en los diferentes sistemas: Latinos, Germánicos,
Americanos y Torrens. Vinculación de los sistemas
registrales con los Catastros |
| * |
El sistema
Argentino de transmisión y adquisición
de inmuebles. La situación antes y después
de la sanción del Código Civil. Los proyectos
de reforma al Código Civil relativos a la publicidad
inmobiliaria. La reforma del año 1968 y la Ley
Nº 17801. Objetivos y fines de la reforma, sus
efectos. |
| * |
Los Principios
Registrales. La Técnica del Folio Real. Principios
registrales aplicados al Registro y al Catastro. |
| * |
La evolución
de la legislación catastral en la Argentina.
Leyes Nº 14159 y Nº 20440. Objetivos, fines
y análisis crítico. La tendencia de las
modernas legislaciones catastrales provinciales. |
| * |
Concepto
y clasificación de parcelas. Estado Parcelario:
su determinación y verificación de subsistencia.
El Registro Catastral. La técnica del Folio Parcelario.
La Certificación Catastral del Estado Parcelario.
Principios registrales aplicados al Catastro. |
| * |
Análisis
de Legislaciones catastrales provinciales que correspondan
a cada jurisdicción. |
| * |
Registro
Valuatorio. Los principios de la valuación catastral
masiva y su relación con el Impuesto Inmobiliario
y la Tasas y contribuciones municipales. Sistemas valuatorios
aplicados al Catastro. |
| * |
El Registro
gráfico parcelario. La conformación de
registros gráficos en base a planos de mensura
y títulos. El concepto de objeto territorial
en la registración gráfica y cartografía
catastral. La utilización de GIS y sus aplicaciones
catastrales. |
| * |
Catastros
mineros, de riego y de redes. |
| * |
La Constitución,
Verificación de Subsistencia y Modificación
del Estado Parcelario. El Certificado de Deslinde y
Amojonamiento. |
| * |
Unificaciones,
Anexiones y Recomposiciones parcelarias. |
| * |
Urbanizaciones,
amanzanamientos, loteos. Asentamientos Irregulares.
Donación, cesión y apertura de calles. |
| * |
Evolución
de la estructura territorial Argentina. Grandes transformaciones.
Colonización. Influencia de los medios de comunicación,
políticas oficiales y procesos privados. Uso
actual y potencial del territorio. |
| *
|
Planes
Directores y reguladores. Normas para la división
del suelo. Expedientes de urbanización. |
Debe tenerse en cuenta que en la enunciación
precitada sólo se hacen mención a aspectos directa
ó indirectamente vinculados a cuestiones de Derecho
Territorial y no a aspectos estrictamente técnicos
que también se incluyen en los contenidos de asignaturas
tales como Catastro (p.ej.: técnicas de levantamiento
catastral, actualización y conservación de sistemas
catastrales, etc.)
Estos contenidos básicos
deben estar incluidos en todas las currículas de la
carreras de Agrimensura, en forma homogénea y con similar
dedicación horaria, a fin de lograr una sólida
formación en el área del Derecho Territorial,
que permita a los graduados en Agrimensura cumplir cabalmente
una de sus principales y trascendentes funciones, cual es
la Ordenación del Territorio.
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