Se reglamentó la Ley N° 14053 de División de Inmuebles Rurales
En el 2021, el Poder Legislativo de la Provincia de Santa Fe sancionó la Ley N° 14.053 de División de Inmuebles Rurales que posibilita que miles de familias propietarias de condominios rurales puedan subdividir su inmueble y regularizar su situación.
Mediante el Decreto N° 1338, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe reglamentó la Ley N° 14053 que exceptúa de la prohibición establecida en el artículo 6° de la Ley Provincial N° 9319.
A partir del 1° de agosto y por el término de 5 años, “pueden disponerse o dividirse inmuebles rurales en fracciones inferiores a la unidad económica establecida, siempre y cuando estos se encuentren inscriptos en condominio, o respecto de ellos se encontrare iniciado o se inicie el proceso sucesorio del que derive la adjudicación en condominio”. Es decir, que miles de familias propietarias de condominios rurales pueden dividir su inmueble y regularizar su situación dominial.
Respecto de esto, el Presidente del Colegio de Profesionales de la Agrimensura de la Provincia de Santa Fe - Distrito Sur, Ing. Agrim. Felipe Rodríguez comentó: “Esta acción que se transforma en instrumento de aplicación legal, busca sanear una problemática social que atraviesan miles de familias ruralistas. En ese marco los y las profesionales de la Agrimensura acompañaremos a los condóminos en la toma de decisiones y tramitaciones para su correcta aplicación, brindando todo el conocimiento en materia territorial y jurídica”.
Antes de subdividir tu inmueble rural, confía en un experto. Consultá a un o una profesional de la Agrimensura. Para ver el padrón de profesionales hablitados, ingresá en www.copa.org.ar/padron
*Colegio de Profesionales de la Agrimensura de la Provincia de Santa Fe - Distrito Sur